martes, 9 de septiembre de 2014

SE VIOLAN DERECHOS A DOCENTES DE EDUCACION BILINGUE

SE VIOLAN DERECHOS DE DOCENTES BILINGUES EN SARAGURO- LOJA
“Nadie educa a nadie. Nadie se educa así mismo: los hombres se educan entre sí, mediados por el mundo” (Paulo Freire).

El nuevo modelo de gestión educativa con carácter  absolutamente centralizada y acatada obedientemente por los directores distritales y sus subalternos,  continúan estropeando la dignidad de los y las docentes y violando sus derechos al trabajo, a la estabilidad, a la libertad  de pensar diferente.

 El día 1 de septiembre del presente año 5 docentes de la unidad educativa INKA SAMANA de la comunidad de Ilinchu de la parroquia y cantón Saraguro fueron reubicados a diferentes planteles e hispanos. Ellos son: José María Vacacela, al Instituto Técnico Celina Vivar (hispano);  María Gabriela Albuja Izurieta, a la escuela San Fracisco (hispano); Margarita Sarango Andrade, a Kuri llakta de la comunidad de Gunudel;  y María Carmen Vacacela a la escuela Intiraymi de la comunidad de Las Lagunas; algunas de las autoridades de estos planteles se han negado a recibir a los maestros trasladados, indicando que desconocían de estos cambios.  Los docentes reubicados  conformaban el equipo pedagógico de una educación intercultural bilingue alternativa, que venían desarrollando en una comunidad  netamente indígena. Ellos, durante el año lectivo pasado fueron objeto de persecución, maltratos permanentes y discriminación por parte del interventor  mestizo por el hecho de  defender el proyecto educativo del SEIB. El lunes   habían acudido  a laborar el primer día de clase, o sorpresa que  cerca de las 16h00 recibieron una Acción de Personal, con el que les reubicaban en diferentes planteles.
Con esta acción administrativa se consuma lo  que hace un año  inició con la intervención al plantel educativo intercultural bilingue, encargando la rectoría del Inka Samana a un mestizo de la Coordinación Zonal 7 de Loja.

La reubicación del personal docente se ha dado  de forma unilateral por disposiciones de la Coordinación Zonal y del Subsecretario de Educación Intercultural Bilingüe, como supo indicar en forma oral el director distrital, señalando que solo cumplía órdenes. Hecho que se ha dado sin el conocimiento del Director Zonal 7 de Educación Intercultural Bilingüe, Lic. Miguel Vacacela, quien  solicitó al Director Distrital de Saraguro,   los argumentos  e informes para tal procedimiento.
Este acto administrativo viola el derecho a una educación intercultural bilingue, la diversidad cultural y lingüística, señalada  en la Constitución Art.  57. 14 de los derechos colectivos:  desarrollar, fortalecer y potenciar el sistema de educación intercultural bilingue en todos los niveles;  Art.347.9 ,  garantizar  el sistema de educación intercultural bilingüe; Art.  349 estabilidad laboral. Así como se violentan los derechos de los docentes contemplados en la LOEI Art. 10 lit e) de la estabilidad laboral.

La LOEI Art. 98 reformado- 2014 señala que el  traslado es el cambio de un docente de un lugar o puesto de trabajo a otro. El traslado  se realizará por necesidad  del sistema educativo a petición del docente. Al igual que el Art.299 reformado 2014 del Reglamento a la ley. “La autoridad distrital, en caso de exceso de docentes dentro de un establecimiento o circuito, podrá disponer directamente traslados dentro del mismo distrito a través de la reubicación de partidas docentes, previo análisis y justificación técnica del área de planificación de la correspondiente dirección distrital”.  En el Inka Samana  no  hubo exceso de docentes Y  ninguno de los docentes  solicitó cambio.

El director distrital de Saraguro tenía la obligación de elaborar informes técnicos para la reubicación por exceso  de docentes  de nombramiento de los establecimientos educativos públicos de su jurisdicción. Y remitirlo para su aprobación a la respectiva subsecretaria y/o coordinación zonal.  (Estatuto Orgánico por procesos, Art. 42.3 lit  t) y no actuar obediente por condescender a intereses particulares y políticos.


Finalmente este hecho estuvo confabulado con el interventor del plantel, por cuanto  éste no trabajó con el personal docente ni aprobó  el  distributivo  ni el calendario académico antes de iniciar el año lectivo, ni envió al distrito para su aprobación. Lo manifestado en ningún momento mejora la calidad educativa y peor aún permitir  el derecho a tener una educación intercultural billingue...